Salvamento de voto al Auto 084 06Referencia: expediente ICC-982Peticionario: OSWALDO VELASQUEZ COWA Y OTROSTal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Folio 41, cuarto cuaderno del expediente. Cfr. Corte Constitucional, autos 044 de 1998 , 072 de 1999, 040 de 2001, 040, 072 y 073 de 2002, entre otros.
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Quinto Laboral Del Circuito De Cartagena Y El Tribunal Contencioso Administrativo De Bolivar. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Quinto Laboral Del Circuito De Cartagena
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado